última versión
Artículo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Texto vigente (última reforma al artículo: 05/02/1917)
Artículos Transitorios
El C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión, queda facultado para expedir la ley electoral, conforme a la cual deberán celebrarse, esta vez, las elecciones para integrar los Poderes de la Unión.
Artículo original DOF 05-02-1917
Reformas al artículo
| Fecha | Cambio | Objetivo * | Presidente |
|---|
* Descripción particular de la reforma.