última versión
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Titulo Tercero
Capítulo III
Del Poder Ejecutivo
Artículo 86
El cargo de Presidente de la República sólo es renunciable por causa grave, que calificará el Congreso de la Unión, ante el que se presentará la renuncia.
Artículo original DOF 05-02-1917