última versión

Artículo 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Texto vigente (última reforma al artículo: 05/02/1917)

Titulo Primero
Capítulo I
De los Derechos Humanos y sus Garantías

Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia.

Artículo original DOF 05-02-1917

Índice

Reformas al artículo

FechaCambioObjetivo *Presidente
1917-02-05Promulgación del artículo.Texto original.José Venustiano Carranza de la Garza

* Descripción particular de la reforma.