última versión
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Titulo Séptimo
Prevenciones Generales
Artículo 128
Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen.
Artículo original DOF 05-02-1917