última versión
Artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Texto vigente (última reforma al artículo: 29/01/2016)
Titulo Séptimo
Prevenciones Generales
Ningún individuo podrá desempeñar a la vez dos cargos federales de elección popular ni uno de la Federación y otro de una entidad federativa que sean también de elección; pero el nombrado puede elegir entre ambos el que quiera desempeñar.
Artículo reformado DOF 29-01-2016
Reformas al artículo
| Fecha | Cambio | Objetivo * | Presidente |
|---|---|---|---|
| 1917-02-05 | Promulgación del artículo. | Texto original. | José Venustiano Carranza de la Garza |
* Descripción particular de la reforma.